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jueves, 14 de mayo de 2009

Reconocimiento Constitucional Pueblos Originarios: Declaración Pública Comunidades Mapuche de Lanco

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Lanco 12 de mayo de 2009.-
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DECLARACIÓN PÚBLICA
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En Lanco a 12 de mayo del presente año, se efectuó un masivo taller con los dirigentes de las comunidades mapuches de este territorio, impartido por CONADI, respecto a la consulta indígena, en el contexto del reconocimiento constitucional.
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Ante los textos citados “Chile es una nación, indivisible y multicultural” y “El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de sus comunidades, organizaciones e integrantes”, las comunidades mapuches de la comuna de Lanco manifestamos nuestro total desacuerdo, y no consentimos un documento donde se nos consulte tan inadmisible e incoherente contenido ya articulado por el gobierno Chileno. Según el convenio 169 de la O.I.T la consulta se debe aplicar a los Pueblos Indígenas, en este caso esta reforma constitucional, no nos considera como tal, no es legítimo entonces responder a través de la consulta.

1. Se está reconociendo a la “Nación Chilena” no a los pueblos indígenas.
2. No se reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derechos políticos, sino solo como dato de presencia en Chile.
3. Este “reconocimiento” restringe la aplicabilidad del Convenio 169 de la OIT y avances en relación con la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
4. No habiendo reconocimiento de derechos de valor propiamente internacional y constitucional, la posición indígena queda siempre a disposición de la ley misma o sea la ley del Estado, situación nefasta para los pueblos indígenas.
5. La consulta no cumple con los estándares internacionales, no existe en ella transparencia o no fue elaborada de buena fe como convendría de efectuar según artículo 6 del convenio 169 de la O.I.T. ni está siendo piedra angular del convenio 169 en la que se fundamentan todas las disposiciones del mismo, como se enfatiza en los Principios Internacionales, señalados por el Relator de Naciones Unidas el pasado mes de abril.
6. Por último señalar que los gobernantes de este país están tan faltos de sensatez, honestidad, respeto, que vulneran los tratados y convenios aprobados y/o validados internacionalmente.
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Se insta a todos las demás organizaciones que aún no se han pronunciado a manifestarse por sus derechos, TIERRA, TERRITORIO Y AUTODETERMINACIÓN, y no permitir este atropello por la mezquindad de quienes se jactan de avances y logros en un gobierno según ellos democrático.
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Se adjunta nomina de participantes del evento,
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COMUNIDADES MAPUCHES
TERRITORIO DE LANCO
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sábado, 25 de abril de 2009

Informe de James Anaya a Chile: normas internacionales que debe cumplir la Consulta sobre reforma constitucional

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El Informe de James Anaya, emitido tras su reciente visita a Chile, ha sido enviado por la oficina del Relator al Gobierno, al Congreso y a las organizaciones indígenas en Chile.
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El Relator expone las normas internacionales que deben ser cumplidas en el proceso de Consulta de la controversial reforma constitucional que impulsa el Gobierno y senado chilenos. Como podrá apreciarse tras la lectura del informe, tales normas no están siendo aplicadas cabalmente en el proceso de 'consulta' en marcha en Chile.
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En su Informe el Relator señala:
"El incumplimiento de la norma de consulta, o su realización sin observar sus características esenciales, compromete la responsabilidad internacional de los Estados. Asimismo, (..) el incumplimiento de la consulta y sus requisitos esenciales implica la nulidad de derecho público de los procedimientos, actos y medidas adoptadas".
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Durante su visita a Chile el Relator hizo un llamado al Congreso y al Gobierno a establecer un proceso de consulta y diálogo con los pueblos indígenas, y a velar porque tanto la consulta como los contenidos de la reforma se ajusten al Convenio 169 y la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas.
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El Relator le indica al Estado de Chile que:
"La consulta efectiva con los pueblos indígenas en este proceso es fundamental para la validez y legitimidad del nuevo texto constitucional a adoptarse, y para asegurar que dicho texto realmente corresponde a las aspiraciones y derechos humanos de los pueblos indígenas dentro del marco de una sociedad democrática y las normas internacionales a las que el Estado de Chile adhiere."
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El Informe a propósito del caso de Chile reviste interés para todos los pueblos indígenas, y estados de América Latina y el mundo. El Relator, en su doble condición de instancia autorizada y reconocido tratadista en derecho internacional de los derechos de los pueblos indígenas, aborda un asunto crucial, cual es sistematizar los principios internacionales y jurisprudencia sobre los requisitos esenciales de la consulta, aplicada a procesos legislativos en materias que conciernen a los pueblos indígenas.
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El Editor de Ventana Cultural de Lanco, agradece la información al Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas
http://www.politicaspublicas.net/
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