Lanco 12 de mayo de 2009.-
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DECLARACIÓN PÚBLICA
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En Lanco a 12 de mayo del presente año, se efectuó un masivo taller con los dirigentes de las comunidades mapuches de este territorio, impartido por CONADI, respecto a la consulta indígena, en el contexto del reconocimiento constitucional.
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Ante los textos citados “Chile es una nación, indivisible y multicultural” y “El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de sus comunidades, organizaciones e integrantes”, las comunidades mapuches de la comuna de Lanco manifestamos nuestro total desacuerdo, y no consentimos un documento donde se nos consulte tan inadmisible e incoherente contenido ya articulado por el gobierno Chileno. Según el convenio 169 de la O.I.T la consulta se debe aplicar a los Pueblos Indígenas, en este caso esta reforma constitucional, no nos considera como tal, no es legítimo entonces responder a través de la consulta.
1. Se está reconociendo a la “Nación Chilena” no a los pueblos indígenas.
2. No se reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derechos políticos, sino solo como dato de presencia en Chile.
3. Este “reconocimiento” restringe la aplicabilidad del Convenio 169 de la OIT y avances en relación con la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
4. No habiendo reconocimiento de derechos de valor propiamente internacional y constitucional, la posición indígena queda siempre a disposición de la ley misma o sea la ley del Estado, situación nefasta para los pueblos indígenas.
5. La consulta no cumple con los estándares internacionales, no existe en ella transparencia o no fue elaborada de buena fe como convendría de efectuar según artículo 6 del convenio 169 de la O.I.T. ni está siendo piedra angular del convenio 169 en la que se fundamentan todas las disposiciones del mismo, como se enfatiza en los Principios Internacionales, señalados por el Relator de Naciones Unidas el pasado mes de abril.
6. Por último señalar que los gobernantes de este país están tan faltos de sensatez, honestidad, respeto, que vulneran los tratados y convenios aprobados y/o validados internacionalmente.
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2. No se reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derechos políticos, sino solo como dato de presencia en Chile.
3. Este “reconocimiento” restringe la aplicabilidad del Convenio 169 de la OIT y avances en relación con la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
4. No habiendo reconocimiento de derechos de valor propiamente internacional y constitucional, la posición indígena queda siempre a disposición de la ley misma o sea la ley del Estado, situación nefasta para los pueblos indígenas.
5. La consulta no cumple con los estándares internacionales, no existe en ella transparencia o no fue elaborada de buena fe como convendría de efectuar según artículo 6 del convenio 169 de la O.I.T. ni está siendo piedra angular del convenio 169 en la que se fundamentan todas las disposiciones del mismo, como se enfatiza en los Principios Internacionales, señalados por el Relator de Naciones Unidas el pasado mes de abril.
6. Por último señalar que los gobernantes de este país están tan faltos de sensatez, honestidad, respeto, que vulneran los tratados y convenios aprobados y/o validados internacionalmente.
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Se insta a todos las demás organizaciones que aún no se han pronunciado a manifestarse por sus derechos, TIERRA, TERRITORIO Y AUTODETERMINACIÓN, y no permitir este atropello por la mezquindad de quienes se jactan de avances y logros en un gobierno según ellos democrático.
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Se adjunta nomina de participantes del evento,
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COMUNIDADES MAPUCHES
TERRITORIO DE LANCO
TERRITORIO DE LANCO
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